«Sepan quantos esta carta vieren como yo francisco pachaco, pintor de ymaginería vecino desta ciudad de Seuilla en la collación de san miguel e yo diego velásquez, pintor de imaginería su yerno vecino de la ciudad de Seuilla en la dicha collación de san miguel como su fiador (siguen las fórnulas de mancomunidad)... otorgamos i conocemos yo el dicho í'rancisco Pacheco que estoy convenido Y concertado con doña Isabel de Montemayor, viuda,. mujer que fué de diego pérez de porras, vecino de la dicha ciudad, en tal manera aun yo haya de ser obligado e me obligo de pintar y dorar un retablo en la capilla que la susodicha tiene en la iglesia de san Lorenzo desta ciudad, el qual tengo de hacer en la forma v como se contiene en las condiciones que en razón della están hechas de conformidad de ambos que aquí van incorporadas. (Siguen las condiciones conforme a las cuales habra de pintasre y dorarse el retablo, que en nada afectan a Velazquez.)
I con estas condiciones se concertó el dicho Retablo con francisco Pacheco, pintor, en quatrocientos y treinta ducados, los quales se tienen de pagar en tres tercios, el primero en comentando la obra, el segundo hecha la mitad della y el tercero en estando acabada i a contento de los dichos maestros i de mi Señora isabel de Montemayor...
Diego Velazquez firma el documento el 7 de julio de 1623.
Archivo Histórico Provincial de Sevilla
(Sección Protocolos Notariales Leg. 422, fols. 211rº-214rº)
Varia Velazqueña. Tomo II. Pág. 222.